1.5. GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
ARTÍCULO 121°.- La Gerencia de Administración Tributaria tiene como misión, planificar, programar y ejecutar la recaudación de los ingresos municipales.
ARTÍCULO 122°.- La Gerencia Administración Tributaria está cargo de un Gerente, quien trabaja en equipo con la Gerencia Municipal. El cargo de Gerente de Administración Tributaria es considerado como cargo de confianza y es designado por el Alcalde por tiempo indefinido. Se da por concluida la designación cuando el Alcalde lo considere conveniente.
ARTÍCULO 123°.- Para el adecuado desarrollo de los subprocesos y el óptimo cumplimiento de sus funciones, responsabilidades y actividades, la Gerencia de Administración Tributaria, cuenta con las siguientes Unidades Orgánicas:
Subgerencia de Fiscalización Tributaria.
Subgerencia de Ejecución Coactiva
Subgerencia de Servicios, Orientación y Control.
ARTÍCULO 124°.- La Gerencia de Administración Tributaria es un órgano de ejecución en el macro proceso misional y es responsable de los siguientes subprocesos:
1. Incrementar la recaudación tributaria
2. Incremento de la base tributaria
3. Generar conciencia tributaria en la población jaujina
4. Inspección y Fiscalización
5. Cumplimiento de normas municipales
6. Detectar infracciones tributarias y ejecutar sanciones
7. investigación, sensibilización y difusión
8. Servicio y orientación al contribuyente
9. Gestión, control y cobranza de la deuda tributaria.
ARTÍCULO 125°.- Para el cumplimiento de los subprocesos, la Gerencia de Administración Tributaria desempeña las siguientes funciones:
a. Planificar, organizar, dirigir y controlar las operaciones que le compete para la captación de los ingresos tributarios y ampliación de la base tributaria.
b. Planificar, organizar, dirigir y controlar, la emisión de comunicaciones, recibos y especies valoradas para los diversos tipos de rentas tributarias que administra la Municipalidad.
c. Planificar organizar, dirigir y controlar las fases de registro y actualización de las cuentas corrientes de los contribuyentes de la municipalidad, velando por su autenticidad y veracidad.
d. Planificar, organizar, dirigir y controlar, las fases de fiscalización tributaria para detectar y disminuir el porcentaje de contribuyentes evasores, morosos, omisos y/o sub valuadores de los tributos que administra la Municipalidad.
e. Velar por el cumplimiento de los dispositivos de la corporación municipal edil y de otras entidades públicas en materia tributaria.
f. Planificar, organizar, dirigir y controlar, los estudios y propuestas de creación y/o modificación de normas y procedimientos con la finalidad de optimizar el proceso de captación de los recursos.
g. Formular y proponer a la Gerencia Municipal, las políticas, normas, planes y programas que correspondan al ámbito de su competencia.
h. Organizar y supervisar la actualización anual de las declaraciones juradas y, liquidación del impuesto predial y tasas de arbitrios municipales de los contribuyentes.
i. Emitir resoluciones y otros actos administrativos de su competencia.
j. Absolver en primera instancia los recursos impugnatorios planteados por los contribuyentes contra actos administrativos de naturaleza tributaria.
k. Organizar y supervisar el proceso técnico de atención de consultas de los contribuyentes o responsables, sobre las normas y procedimientos tributarios y de las acciones de divulgación y orientación de los derechos y obligaciones tributarias de los vecinos.
l. Evaluar y proponer la cuantía de los tributos (tasas y contribuciones), que sean administrados por la municipalidad en coordinación con las áreas correspondientes y de acuerdo a los dispositivos legales vigentes.
m. Planear, dirigir, coordinar y controlar los procesos de registro y orientación tributaria, recaudación y fiscalización de las rentas municipales de su competencia.
n. Realizar estudios de investigación e implementación un Sistema de Administración Tributaria Sostenible, que garantice y asegure el control de la recaudación y captación de tributos; así como la obtención de rentas municipales.
o. Elaboración y/o actualización del RASA y el CIEMA de su gerencia, en coordinación con las Subgerencias a su cargo y el área de policía municipal y remitir a la Gerencia de Planificación y Presupuesto para su consolidación.
p. Formular las políticas y estrategias que corresponden al ámbito de su competencia para optimizar los ingresos, así como de orientación al contribuyente en materia tributaria municipal.
q. Cumplir y hacer cumplir las normas legales del Gobierno Nacional y Regional, así como las disposiciones municipales que se relacionan con la Administración Tributaria Municipal.
r. Dirigir, determinar y controlar la recaudación de impuestos, tasas y contribuciones municipales, así como la actualización de la información de las obligaciones tributarias para la emisión anual del impuesto predial y arbitrios municipales.
s. Proponer a través de la comisión respectiva; disposiciones legales municipales, proyectos y/o directivas para el perfeccionamiento de la gestión municipal, en concordancia con la legislación vigente, referente al mejor cumplimiento de sus funciones.
t. Brindar orientación y atender reclamos de los contribuyentes que requieran su atención por su complejidad e importancia.
u. Supervisar la emisión de las declaraciones juradas y la determinación de los tributos a pagar por los contribuyentes.
v. Coordinar con la Gerencia Municipal, a través de la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación, y las unidades orgánicas competentes de la municipalidad, la realización de estudios e implementación de nuevos programas en el sistema de rentas.
w. Proponer proyectos de Ordenanzas Municipales en materia tributaria tendientes a mejorar, crear, modificar, suprimir o exonerar contribuciones, arbitrios, derechos y otros, en conformidad a lo señalado en la Constitución Política del Estado y dispositivos legales vigentes sobre la materia.
x. Proponer Directivas, Reglamentos y otras normas en asuntos de su competencia.
y. Elaborar el calendario mensual de las obligaciones tributarias y coordinar con el área de comunicaciones e imagen institucional para su difusión.
z. Informar mensualmente al gerente municipal el desarrollo de las actividades y el comportamiento de la ejecución del ingreso tributario para que seguidamente sea informado al concejo municipal.
aa. Elaborar y mantener actualizado la información estadística básica sistematizada para la toma de decisiones, con la información que se genera en la Gerencia en coordinación directa con la Gerencia de Planificación y Presupuesto.
bb. Supervisar y controlar la correcta emisión y notificación de valores (Órdenes de Pago, Resoluciones de Determinación y Resoluciones de Multa) de los tributos que administra la municipalidad.
cc. Proponer el proceso de quiebra e incineración de valores.
dd. Supervisar, controlar y dirigir el registro de información de la base de datos de los contribuyentes morosos a una central de riesgo.
ee. Formular y Evaluar el Plan Operativo Institucional de la Gerencia y comunicar a la Gerencia de Planificación y Presupuesto en forma detallada y periódica (trimestral, semestral y anual) el cumplimiento de metas y logro de resultados.
ff. Proporcionar información respecto a los logros más resaltantes de la Gerencia, para la actualización permanente del Portal Electrónico de la Municipalidad.
gg. Representar a la Municipalidad en comisiones, eventos, mesas de concertación y otros espacios de participación de carácter intersectorial, en los temas de su competencia y por delegación.
hh. Implementar el Sistema de Control Interno.
ii. Implementar las recomendaciones de los informes de acciones de control, provenientes de los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control, a fin de superar las observaciones relacionadas a las actividades o especialidad de la respectiva unidad orgánica.
jj. Presentar informes oportunos de implementación de dichas recomendaciones ante el órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Jauja.
kk. Asistir a las sesiones de Concejo y participar las veces que sea requerido.
ll. Otras funciones y actividades que la Gerencia le asigne de acuerdo a su misión, además de las delegadas y/o desconcentradas formalmente.
1.5.1. SUBGERENCIA DE FISCALIZACION TRIBUTARIA
ARTÍCULO 126°.- La Subgerencia de Fiscalización tiene como misión cautelar el cumplimiento de normas y disposiciones municipales administrativas, que contienen obligaciones y prohibiciones que son de cumplimiento estricto de los ciudadanos y organizaciones sociales con la finalidad de lograr que los administrados cumplan de forma voluntaria las normas y disposiciones municipales, en el marco de la normatividad vigente, dentro del ámbito de la provincia de Jauja.
ARTÍCULO 127°.- La Subgerencia de Fiscalización Tributaria, está a cargo de un Subgerente, quien trabaja en equipo con la Gerencia de Administración Tributaria. El cargo de Subgerencia de Desarrollo Económico y Pymes es considerado como Director Superior, cubierto por concurso bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS) y/o encargatura de un trabajador del Régimen de la 276 o 728 de la Municipalidad Provincial de Jauja.
ARTÍCULO 128°.- La Subgerencia de Fiscalización Tributaria es una unidad orgánica de ejecución en el macro proceso misional y es responsable de los siguientes subprocesos:
1) Investigación, sensibilización y difusión
2) Inspección y Fiscalización
3) Cumplimiento de normas municipales
4) Detectar infracciones tributarias y ejecutar sanciones
ARTÍCULO 129°.- Para el cumplimiento de los subprocesos, la Subgerencia de Fiscalización desempeña las siguientes funciones:
a) Formular, proponer y ejecutar el plan anual de fiscalización tributaria municipal y los planes operativos que se requieran, disponiendo eficaz y eficientemente de los recursos humanos, económicos, materiales y equipos asignados para el cumplimiento de sus funciones.
b) Programar, organizar y dirigir las actividades relacionadas con la fiscalización y control municipal respecto al cumplimiento de las normas y disposiciones municipales en materia tributaria.
c) Dirigir y supervisar el adecuado cumplimiento de las funciones y labores que realiza el equipo de fiscalizadores municipales conformado por profesionales, técnicos especializados y policías municipales, encargados de cautelar el fiel cumplimiento de las normas y disposiciones municipales.
d) Efectuar y supervisar la capacitación del personal de la Subgerencia.
e) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades de sensibilización a los miembros de la comunidad respecto a las disposiciones municipales, para conocimiento general y debido cumplimiento, en coordinación con el área de Comunicaciones e Imagen Institucional.
f) Coordinar con los órganos de ejecución y de soporte de Alta Dirección de la municipalidad cuando se requiera su participación para el cumplimiento del proceso fiscalizador y/o sancionador.
g) Formular, actualizar y proponer la normatividad interna de su competencia.
h) Remitir a la Subgerencia de Ejecución Coactiva las sanciones tributarias para su ejecución.
i) Emitir y ejecutar las resoluciones de multa tributaria de acuerdo a la normativa legal vigente.
j) Realizar las acciones de registro, ejecución, seguimiento y control de sanciones tributarias.
k) Programar, dirigir, coordinar y controlar las actividades de seguimiento de las resoluciones de sanción tributarias impuestas.
l) Ejecutar operativos para fiscalizar y cautelar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
m) Atender y adoptar las acciones que correspondan en razón a las quejas formuladas por los vecinos.
n) Elaboración y/o actualización del RASA y el CIEMA de su subgerencia, en coordinación con su Gerente y el área de policía municipal y remitir a la Gerencia de Planificación y Presupuesto para su consolidación.
o) Ejecutar el registro de información de la base de datos de los contribuyentes morosos a una central de riesgo.
p) Emitir los informe técnicos sobre los recursos impugnatorios planteados por los contribuyentes para ser resueltos por la Gerencia de Administración Tributaria.
q) Formular y Evaluar el plan operativo institucional correspondiente a la Subgerencia y comunicar a la Gerencia de Planificación y Presupuesto en forma detallada y periódica (trimestral, semestral y anual) el cumplimiento de metas y logro de resultados.
r) Proporcionar información respecto a los logros más resaltantes de la Subgerencia, para la actualización permanente del Portal Electrónico de la Municipalidad.
s) Representar a la Municipalidad en comisiones, eventos, mesas de concertación y otros espacios de participación de carácter intersectorial, en los temas de su competencia y por delegación.
t) Implementar el Sistema de Control Interno.
u) Implementar las recomendaciones de los informes de acciones de control, provenientes de los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control, a fin de superar las observaciones relacionadas a las actividades o especialidad de la respectiva unidad orgánica.
v) Presentar informes oportunos de implementación de dichas recomendaciones ante el órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Jauja.
w) Asistir a las sesiones de Concejo y participar las veces que sea requerido.
x) Otras funciones y actividades que la Gerencia le asigne de acuerdo a su misión, además de las delegadas y/o desconcentradas formalmente.
1.5.2. SUBGERENCIA DE EJECUCION COACTIVA
ARTÍCULO 130°.- La Subgerencia de Ejecución Coactiva y los ejecutores coactivos designados de acuerdo a ley, tiene como misión, formular, organizar, dirigir e implementar las acciones de aplicación del Texto Único Ordenado de la Ley N 26979 “Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva", aprobada mediante Decreto Supremo N° 018-2008-JUS.
La Subgerencia de Ejecución Coactiva está a cargo de un Subgerente, quien trabaja en equipo con la Gerencia de Administración Tributaria. El cargo de Subgerencia de Ejecución Coactiva es considerado como Director Superior, cubierto por concurso bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS) y/o encargatura de un trabajador del Régimen de la 276 o 728 de la Municipalidad Provincial de Jauja.
ARTÍCULO 131°.- La Subgerencia de Ejecución Coactiva es una unidad orgánica encargada de los procedimientos de ejecución coactiva de la municipalidad y es responsable del proceso de ejecución de medidas cautelares para el cumplimiento de obligaciones por parte de los administrados.
ARTÍCULO 132°.- La Subgerencia de Ejecución Coactiva depende estructuralmente de la Gerencia de Administración Tributaria y desempeña las siguientes funciones:
a) Programar supervisar y desarrollar las actividades vinculadas con la gestión verificación y seguimiento de la cobranza en estado coactivo de las deudas de carácter tributario y no tributario.
b) Formular y ejecutar las estrategias de cobranza en estado coactivo que promuevan el pago de las obligaciones tributarias y no tributarias.
c) Exigir la obligación y cumplimiento coercitivo de toda Resolución Administrativa emitida conforme a ley.
d) Ejecutar las garantías otorgadas a favor de la entidad, así como exigir las costas y gastos generados a la entidad, durante la tramitación del procedimiento, ciñéndose al arancel de costas procesales aprobadas conforme a Ley, dentro del proceso principal.
e) Liquidación de las costas ciñéndose al arancel de costas procesales aprobadas conforme a Ley.
f) Realizar demoliciones de construcciones clandestinas de cercos o similares, reparaciones en edificios, salas de espectáculos o locales públicos, clausura de locales o servicios y adecuación a reglamentos de urbanización o disposiciones municipales y/o similares.
g) Efectuar actos de coerción de clausura de establecimientos comerciales, paralizaciones de obras, demolición de las mismas que provengan de actos administrativos de cualquier órgano o unidad orgánica debidamente notificado y causado estado.
h) Trabar medidas cautelares previas y definitivas de acuerdo a la articulo 28 ° y 33° de la ley de procedimiento de ejecución coactiva, para garantizar la materialización de la ejecución sobre locales que atentan contra la higiene, salud, seguridad pública y ordenar demoliciones y paralizaciones contra construcciones que atentan contra las normas de urbanismo y zonificación, y de seguridad pública.
i) Realizar de oficio o a instancia de parte, las correcciones a que haya lugar en los procesos de Ejecución Coactiva. (Emisión de Resolución)
j) Mantener actualizado el registro de contribuyentes morosos en procesos de cobranza coactiva informando a una central de riesgo.
k) Formular y evaluar el Plan Operativo Institucional correspondiente a la subgerencia y comunicar a la Gerencia de Planificación y Presupuesto en forma detallada y periódica (trimestral, semestral y anual) el cumplimiento de metas y logro de resultados.
l) Proporcionar información respecto a los logros más resaltantes de la Subgerencia, para la actualización permanente del Portal Electrónico de la Municipalidad.
m) Representar a la Municipalidad en comisiones, eventos, mesas de concertación y otros espacios de participación de carácter intersectorial, en los temas de su competencia y por delegación
n) Implementar el Sistema de Control Interno.
o) Implementar las recomendaciones de los informes de acciones de control, provenientes de los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control, a fin de superar las observaciones relacionadas a las actividades o especialidad de la respectiva unidad orgánica.
p) Presentar informes oportunos de implementación de dichas recomendaciones ante el órgano de Control Institucional de la Municipalidad Provincial de Jauja.
q) Asistir a las Sesiones de Concejo y participar las veces que sea requerido.
r) Otras funciones que le asignen las instancias superiores y la Ley N 26979, además de las delegadas y/o desconcentradas formalmente.